553 candidatos a alcaldías y concejos municipales podrían estar incursos en una inhabilidad en las elecciones regionales 2023

El secretario de Transparencia, Andrés Idárraga, puso en conocimiento de la ciudadanía, las autoridades y del Consejo Nacional Electoral (CNE), los resultados de una investigación que detectó 526 aspirantes para concejos municipales y 27 para alcaldías, quienes podrían estar incursos en una inhabilidad por tener algún tipo de relación contractual desde el 30 de octubre de 2022 a la fecha, en las ciudades y distritos donde inscribieron su candidatura.

Andrés Idárraga

“La razón de ser de este tipo de inhabilidad está en la conveniencia pública y la transparencia para garantizar la idoneidad, moralidad, probidad y eficacia en el ejercicio de cargos o funciones públicas. Además de brindar condiciones de igualdad en la contienda electoral y evitar que los recursos públicos ingresen a las campañas político-electorales”, explicó el secretario Idárraga.

Para el caso de los aspirantes a concejos municipales, los primeros cinco partidos o movimientos políticos que más avalaron candidaturas que presuntamente estarían incursos en la inhabilidad en mención suman 146 aspirantes, de las 526 identificadas, con la suscripción de 214 contratos públicos en periodos inhabilitantes, los cuales suman $32.842 millones.

Los 27 postulantes a alcaldías que podrían estar incursos en una inhabilidad, están ubicados en Tolima, Valle del Cauca, Antioquia, Arauca, Sucre, Quindío, Nariño, Cauca, Meta, Cundinamarca, Bolívar y Santander. Además, los cinco primeros candidatos y los partidos políticos que los avalaron, que a continuación se presentan, concentran el mayor monto en contratación suscrita en periodo inhabilitante.

Para obtener estos resultados, el equipo de la secretaría de Transparencia del Gobierno del Cambio analizó la Base Pública de registros de contratación estatal digital SECOP II y la Base Pública de candidatos electorales inscritos en las elecciones de 2023, en el marco de una situación por la que podrían estar incursos en una inhabilidad, conforme con lo establecido en la Ley 617 de 2000, artículos 37 y 40.