Por Eduardo García, exclusivo para Soacha Ilustrada.
La Constitución de 1991 en su artículo 19 consagró en Colombia la libertad de culto o libertad religiosa, que es el derecho de cada personas a elegir libremente su religión, de no elegir ninguna, o de la de negar la existencia de Dios, y a ejercer dicha creencia públicamente, sin ser víctima de opresión, segregación, exclusión o discriminación.
Este principio constitucional está basado en las normas del derecho internacional, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Una extensión de este derecho es la proclamación constitucional de la separación del Estado y la Iglesia, que en nuestro caso es la Iglesia Católica, que anteriormente estaban unidos a través del Concordato con la Santa Sede, que establecía el catolicismo como la religión oficial de nuestro país.
En el caso de la Constitución de Colombia, se estableció una libertad de culto sin restricciones, al declarar una total separación del Estado y la Iglesia sin privilegios para un culto en particular, la cual no solo implica la protección del Estado contra la discriminación religiosa y las persecuciones, sino la prohibición de la imposición de beneficios de facto para algún credo o iglesia en especial.
Siendo el nuestro un Estado laico, es decir, independiente de cualquier organización o confesión religiosa, las autoridades políticas están obligadas a no adherirse públicamente a ninguna religión determinada, de la misma manera como es preciso que ninguna religión tenga injerencia en asuntos públicos, ya sea del Gobierno Nacional, departamental, de distritos o municipios, ni en los poderes legislativo o judicial.
Hace pocos días en rueda de prensa realizada en el quinto piso de la Alcaldía de Soacha, se anunció el inicio de la campaña para recoger firmas para invitar al Papa Francisco a que visite el municipio de Soacha durante su viaje a Colombia en 2017.
Posteriormente una nueva rueda de prensa realizada en el mismo quinto piso de la Alcaldía de Soacha, un grupo autodenominado Club Amigos por Soacha, argumentando estar en representación de la sociedad civil, anunciaron la recolección de firmas en contribución a la campaña anunciada desde la Alcaldía y en un acto de compromiso con “Juntos Formando Ciudad”, incluso se ofrecieron a llevarlas hasta Roma.
Todos los funcionarios públicos, elegidos o nombrados, y sus asesores, deben tener bien claro que en Colombia está prohibido que el Estado se identifique formal y explícitamente con una iglesia o religión específica, y que se realicen actos oficiales de adhesión, así sean simbólicos, a una creencia, religión o iglesia, así estos actos sean de buena fe.
Las creencias personales en materia política, religiosa o cultural corresponden al ámbito privado y no deben ser impuestas a los ciudadanos por parte de ningún funcionario público, ni a través de políticas públicas, ni a través de sus decisiones como funcionarios.
En el caso de Soacha como no hay control político por cuenta del Concejo y todo es adulación y lambonería, se han perdido las proporciones, una cosa es que el Gobierno haya sido elegido con el respaldo de un innumerable grupo de personas, que votaron por él, confían en él, otra cosa es que no todos necesariamente profesan la religión católica o no se sienten identificados con un credo religioso en especial.
Sería estupendo que el Papa Francisco visitara Soacha, pero conseguirlo es la labor de la Diócesis de Soacha, el nuevo Obispo y todos los fieles de la Iglesia Católica, pero de ninguna manera del ente territorial como tal, porque de lo contrario se está violando disposiciones de la Constitución Política, que prohíben al Estado identificarse con cualquier credo religioso.
Si algún funcionario quiere adelantar alguna campaña al respecto debe hacerlo, es su obligación, sin utilizar el cargo, sedes, edificaciones, dineros o elementos del municipio, para eso están los templos u otros lugares más acordes con ese propósito.
Alguien me preguntaba que si entonces si viniera el Papa, el Alcalde no podría ir a ningún acto con él, hecho que es totalmente diferente, él tendría la obligación de ir como primera autoridad en representación del municipio y sus ciudadanos.
Posdata:
Alejandro Ordoñez no va a estar toda la vida ocupando ilegalmente el cargo de Procurador, en algún momento tendrá que salir a hacer proselitismo desde afuera como cualquier ciudadano y no con impunidad y sueldo oficial como lo hace ahora. ¿Entonces para que arriesgarse a una sanción o una destitución?