Se aplazó la audiencia penal de acusación contra los miembros de la Policía investigados en el caso relacionado con la muerte de ocho hombres en la estación de policía de San Mateo.
En la tarde del pasado martes se canceló la audiencia penal de acusación contra los tres miembros de la Policía investigados en el caso que se surte con relación a los hechos del pasado 4 de septiembre de 2020, en donde fallecieron ocho hombres privados de la libertad en medio de un incendio que se presentó en la estación de policía del barrio San Mateo, en Soacha, Cundinamarca.
La diligencia fue aplazada luego de que la Fiscalía argumentara que la Justicia Penal Militar solicitó la jurisdicción para investigar este caso, por lo cual se presenta una controversia sobre quien será el órgano competente para adelantar este proceso.
Ante la aceptación de la Fiscalía sobre a la competencia en la investigación, se aclaró que la Corte Constitucional tendrá que dirimir el conflicto de intereses, razón por la cual el juez del caso decidió no seguir con la acusación.
“Ya se trabó el conflicto de jurisdicción y la Corte Constitucional lo tiene en sus manos, hay que esperar la decisión que ellos tomen y que nos definan en un tiempo razonable la situación, porque hay personas privadas de la libertad que requieren que se les defina la situación prontamente y también hay unas víctimas que están reclamando justicia… Pero es necesario que la corte decida”, dijo el juez.
Por lo anterior, la diligencia de acusación se llevará a cabo el próximo 3 de agosto, a las 10:30 de la mañana, esperando que, a esa fecha, la jurisprudencia ya haya tomado una decisión sobre si será la justicia penal militar o la ordinaria quien continúe con el proceso.
El juicio disciplinario
Horas antes de esta audiencia, se desarrolló el juicio disciplinario por este mismo caso, en el cual, en representación de los familiares de dos víctimas, el abogado Alirio Uribe Muñoz, pidió a la Procuraduría General de la Nación imponer la máxima sanción disciplinaria consistente destitución e inhabilidad por 20 años contra los investigados: la Subteniente Aleida del Pilar González Quiroz, el teniente Cesar Augusto Martínez Fernández y el patrullero Jorge Eliécer Suárez Orduz.
A juicio del abogado, los miembros de la policía no actuaron para salvaguardar la vida de las personas que murieron víctimas del fuego al interior de una celda de 4 metros cuadrados y la integridad de 3 personas más que resultaron gravemente heridas.
En los alegatos de conclusión, el abogado expuso cómo estos tres policías, más otros 12 que estaban en la estación, no abrieron la celda cuando se inició el fuego a su interior, a pesar de los gritos desgarradores y súplicas de los prisioneros.
También recordó que antes del incendio, las 11 personas privadas de la libertad que estaban en esa celda, se encontraban en condiciones de hacinamiento e indignidad, recluidas en una celda de 2×2 metros, con serias limitaciones para acceder a servicios sanitarios, descansar o recibir visitas.
El abogado relató cómo estos agentes de policía que tenían bajo su responsabilidad la custodia de estas personas, les gritaban que se quemaran y los trataron con crueldad y «desprecio incluso cuando los sacaron de la celda, por acción de un tercer agente que venía de fuera del CAI«.
El juicio disciplinario terminó con los alegatos de las partes. Por parte de la defensa de los abogados de los investigados, se pidió que fueran declarados inocentes y sostuvieron que “los responsables de la muerte de los detenidos son ellos mismos, pues fueron quienes prendieron fuego a una colchoneta”.
Los abogados de los uniformados también insistieron en que los policías no habían recibido ninguna formación para atender o apagar incendios y que no faltaron a sus responsabilidades.
La procuradora delegada para la Fuerza Pública y la Policía Judicial analizará el caso y el 28 de julio hará lectura del fallo disciplinario.