El Tribunal Superior de Bogotá fijó para este miércoles a las 9:00 de la mañana, la audiencia de imputación de cargos que presentará la Fiscalía al general (r) Mario Montoya por falsos positivos, cuando se desempeñó como comandante del Ejército Nacional entre los años 2007 y 2008.
La diligencia fue fijada por el magistrado Fabio David Suárez, de la sala penal del Tribunal, quien estableció que la audiencia sea semipresencial, donde la Fiscalía, el imputado y su defensor comparecerán presencialmente y las demás partes lo harán de manera virtual.
Montoya Uribe será procesado por, al menos, 104 casos de falsos positivos, de acuerdo con la versión entregada por el propio fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa, quien aseguró que entre los homicidios de civiles, se encuentran cinco menores de edad que no pertenecían a organizaciones criminales y que fueron asesinados sin consideración para ser presentados como bajas legítimas en combate con la subversión.
A pesar de que el caso de Montoya se encuentra en la Jurisdicción Especial para la Paz, se espera que el Tribunal se pronuncie frente a si acepta o no la imputación y, en caso de no hacerlo, sería la Corte Constitucional la que tendría la última palabra en este conflicto de jurisdicciones.
Fiscalía “invita” al general Montoya
Para poder imputar cargos al general Montoya, la Fiscalía expidió una polémica circular el pasado 16 de julio para descongelar el proceso que llevaba más de cinco años en los escritorios del ente acusador.
El documento, firmado por el fiscal Francisco Barbosa, explica que la Fiscalía solo puede imputar cargos y debe abstenerse de adelantar cualquier otra actuación que pertenezca a la etapa de juicio en aquellos casos que son de competencia de la JEP.
“En todos los casos los fiscales deberán proceder a ‘invitar’ al investigado a la respectiva diligencia y en ningún caso se podrá conducir al indiciado, ni podrá acompañarse la imputación de orden de captura ni de solicitud de medida de aseguramiento. En ningún caso se adoptarán decisiones que impliquen afectación a la libertad del procesado”, señala la directiva.
Dice ese documento que, si el investigado comparece y se realiza la diligencia, se deberá notificar a la Dirección de Políticas y Estrategia, vía correo, para que se envíe una copia de la audiencia de imputación a la JEP.
Si el investigado no comparece, el fiscal realizará un informe ejecutivo en el que relacionen todos los elementos materiales probatorios y evidencia física que sustentan la diligencia y le remitirá copia por correo a la Dirección de Políticas y Estrategia, que será la dependencia encargada de comunicar esta decisión al tribunal de paz.