El Tribunal Administrativo de Cundinamarca levantó las medidas cautelares impuestas hace más de un año y en las que pedía reformular técnica y financieramente el proyecto de las obras finales para descontaminar el río Bogotá.
La magistrada Nelly Yolanda Villamizar, en cuyo despacho está el expediente de la sentencia para descontaminar el río Bogotá, instó en esta decisión al Gobierno Nacional para que, por conducto del Ministro de Hacienda y el Director de Crédito Público, se dé cumplimiento a la orden No. 4.16 de la sentencia del 28 de marzo de 2014 y aval a la garantía de la nación.
Con el levantamiento de la medida cautelar, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) debe dar cumplimiento a los convenios ordenados en la Sentencia, lo que permitirá que los recursos sean girados al proyecto de descontaminación del río en los términos que ordena la providencia.
De igual forma autoriza a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) a proceder en los plazos y bajo las consideraciones plasmadas en esta decisión para dar cumplimiento a todas las acciones, medidas y procedimientos para hacer realidad la construcción del proyecto Planta de Tratamiento de Aguas Residuales -PTAR- Canoas que se encargará de descontaminar el 70% de todas las aguas residuales de Bogotá y el 100% de las aguas residuales de Soacha, para lo cual la EAAB está facultada para iniciar y continuar con el proceso de licitación de la obra.
El Tribunal también facultó a la EAAB, una vez se encuentre en operación para el 2025 la Estación Elevadora de Canoas, poner en funcionamiento los interceptores Fucha, Tunjuelo y Engativá/Cortijo, cuya construcción se ordenó en la sentencia y que ya fueron terminados, lo que generará beneficios inmediatos en pro de la descontaminación del Río.
Esta providencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca permite dar un paso más en la descontaminación del río Bogotá, el proyecto medioambiental actualmente más importante del país.