Juzgado de Zipaquirá ordena a la CAR millonaria indemnización a familia de menor ahogado en el Embalse El Hato

En un fallo de primera instancia, el Juzgado Segundo Administrativo de Zipaquirá ordenó a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) el pago de una millonaria indemnización a los familiares de Juan Sebastián Bejarano Alonso, menor de edad que falleció por ahogamiento el 18 de octubre de 2020 en el Parque Embalse El Hato, ubicado en Carmen de Carupa y bajo la administración de dicha entidad.

La decisión judicial declaró administrativamente responsable a la CAR al establecer que el parque no contaba con las condiciones mínimas de seguridad exigidas para la protección de los visitantes. Entre las omisiones comprobadas se encuentran la ausencia de salvavidas, personal capacitado para atender emergencias y señalización adecuada que advirtiera sobre el riesgo de ahogamiento. El despacho consideró que esta negligencia constituye una grave falta al deber de protección que la entidad tenía la obligación de garantizar.

Como consecuencia, el juez ordenó el pago de una indemnización a la madre del menor, así como a su abuela y a dos tíos, quienes lograron acreditar el vínculo afectivo con la víctima y el daño moral derivado de su fallecimiento.

El fallo fue apelado por ambas partes. La CAR alega que no existió una omisión atribuible a la entidad y, en caso de que se confirme la responsabilidad, solicita que la indemnización se limite únicamente a la madre y la abuela del menor. Por su parte, los representantes de la familia solicitan el reconocimiento del derecho a ser indemnizados para todos los demandantes y piden un incremento en el monto concedido por concepto de perjuicios morales.

Este caso reviste especial importancia al sentar un precedente sobre la responsabilidad de las entidades públicas en la garantía de condiciones de seguridad en los espacios recreativos que administran, y refuerza el estándar de protección de la vida e integridad de los ciudadanos que los frecuentan.