- Derecho a la información exige que el ciudadano conozca el mecanismo de la consulta popular y el contenido para decidir libremente si acude a las urnas y el sentido del voto.
- La Registraduria Nacional, los jurados de votación y demás servidores deberán garantizar el derecho al voto de las personas con discapacidad.
El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, advirtió que las autoridades electorales, en particular la Registraduria Nacional del Estado Civil, deben implementar las acciones necesarias tendientes a informar y difundir ampliamente a la ciudadanía sobre el mecanismo de la consulta popular para que libremente decidan si participan en la consulta anticorrupción y si aprueban o niegan las preguntas.
El Procurador invitó a las autoridades electorales, en particular a la Registraduría, a que implemente la acciones necesarias para que los ciudadanos conozcan el mecanismo, la fecha de votación, la logística, los procesos, incluida la tarjeta, y los porcentajes necesarios para la aprobación.
Así mismo, instó a las administraciones nacional, departamental, municipal y distrital para que, a través de los medios con los que dispongan, promuevan la participación en la consulta, su contenido, trámite y procedimiento de votaciones.
Carrillo Flórez en la Directiva 012 le recordó a la organización electoral y al autoridad de televisión la obligación de garantizar el derecho a las campañas de la consulta a la utilización de espacios institucionales.
Finalmente resaltó el deber que tienen las autoridades encargadas de la pedagogía de la consulta o la promoción del derecho a la participación ciudadana, de mantener la imparcialidad y garantizar el derecho de los ciudadanos de acudir a las urnas.
Servidores en campaña
Previamente a través de la Directiva 010 el Procurador General señaló que “los servidores públicos no pertenecientes a la Rama Judicial, órganos electorales y de control, de seguridad y Fuerza Pública, que deseen hacer campaña, les está permitido debatir, deliberar y expresar pública y libremente sus opiniones o posiciones frente a la “Consulta Popular Anticorrupción”, las que podrán realizarse siempre y cuando no se afecte la adecuada prestación de la función pública encomendada”.
Procuradores regionales y provinciales, personeros distritales y municipales realizarán una vigilancia preventiva sobre el proceso electoral en cuanto a las disposiciones que regulan la participación en la consulta.
Votación discapacitados
Adicionalmente, la Procuraduría General de la Nación a través de la Directiva 011 recomendó a funcionarios de la Registraduria Nacional, jurados de votación y demás servidores adoptar y poner en marcha las medidas que garanticen a los ciudadanos con discapacidad su participación en la consulta facilitando el acceso a los puestos de votación, disponibilidad de tarjetas braille, cubículos adicionales y acompañante para votar.
La capacitación a los jurados deberá incluir videos de sensibilización sobre las garantías del derecho al voto de las personas con discapacidad. Las mesas donde se agote la tarjeta braille deberán buscar unas nuevas en el mismo puesto de votación y dar la alerta a la autoridad correspondiente.
La Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y las personerías verificarán que las autoridades garanticen plenamente el derecho al voto de las personas con discapacidad.
A través de la Circular 015 la Procuraduría General exhortó a los directores de instituciones educativas que colaboren con las autoridades electorales disponer espacios que estén bajo techo, de fácil acceso y con suficientes mesas y asientos para ser usados en la jornada.
El órgano de control con procuradores territoriales vigilará que gobernadores y alcaldes brinden el soporte que requiera la organización electoral en materia de logística, para el buen desarrollo de las votaciones del próximo 26 de agosto.
Agosto 18 de 2018