El Tribunal Administrativo de Cundinamarca en fallo de primera instancia invalidó la elección que lo eligió como Personero de esta ciudad.
El fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca deja sin efectos la Resolución No. 4 del 10 de enero de 2016 y declara su nulidad. El Concejo municipal había elegido a Ricardo Antonio Rodríguez Cárdenas como Personero para el período 2016-2019.
En su decisión el Tribunal ordenó nuevamente realizar la última fase de la etapa del concurso público de méritos para elegir al Personero municipal de Soacha, esto es, llamar a entrevista a los aspirantes que superaron el mínimo aprobatorio en la prueba de conocimientos.
El fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca se da como resultado de la demanda incoada por la ciudadana María Esther Pinto Escobar, quien argumentó irregularidades en el proceso de elección del Personero.
Por esta decisión quedaría vacante el cargo de Personero, dadas las implicaciones del fallo y el cuestionamiento a las decisiones que modificaron la lista de elegibles con la Resolución No. 4 del 10 de enero de 2016 y que permitió la elección por parte del Concejo de Soacha del Personero municipal.
Según el alto tribunal, el Concejo Municipal, mediante Resolución No. 03 del 6 de enero de 2016 reglamentó la entrevista y la calificación de los aspirantes al cargo de Personero, pero luego, a pesar que eran 15 aspirantes habilitados, procedió a realizar la entrevista contando sólo con la asistencia de 3 de los 7 aspirantes que fueron citados y finalmente, por medio de la Resolución No. 4 del 10 de enero de 2016, conformó la lista de elegibles declarando como Personero municipal de Soacha a Ricardo Antonio Rodríguez Cárdenas.
En el fallo resolutorio el Tribunal ordena:
“1.- Declárese la nulidad del acto de contenido en el oficio titulado “LISTA DE ELECIGLES PARA EL CARGO DE PERSONERO MUNICIPAL”, y del acto administrativo contenido en la Resolución No. 4 del 10 de enero de 2016 que declaró la lista de elegibles y la elección del señor Ricardo Antonio Rodríguez Cárdenas como Personero Municipal de Soacha, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente providencia.
2.- En virtud de la nulidad decretada, ordénase al Concejo Municipal de Soacha Cundinamarca que se retrotraiga la última fase de la etapa prueba del concurso público de méritos para elegir al personero municipal de Soacha, esto es, la fase de la entrevista, luego una vez sean citados y/o convocados todos los aspirantes que la integran (15 aspirantes) la lista remitida por la Escuela Superior de Administración Pública ESAP, proceda a agotar la misma, esto es, la fase de la entrevista”.
Se desconoce si el Concejo Municipal de Soacha apelará la decisión.
Antecedentes
Ricardo Antonio Rodríguez fue elegido por concurso de méritos de un listado de siete finalistas en donde sólo tres se presentaron a entrevista: John Feider Rengifo, Jorge Eliécer Tobo y Ricardo Rodríguez.
La Escuela Superior de Administración Pública ESAP fue la institución que evaluó los conocimientos académicos y laborales de cada uno de los candidatos, la fase final para la elección fue la entrevista realizada por los integrantes del Concejo Municipal de Soacha.
Cada concejal dio un valor de 1 a 10 a las respuestas de cada candidato y posteriormente se dividió en 18 (Concejales asistentes a la elección del Personero, no estuvo presente el concejal Camilo Nemocón), aquí Rodríguez obtuvo la más alta calificación: 9.1 /10.
Luego de tabulados los resultados de las pruebas y la entrevista, el puntaje final de los tres candidatos, fue:
Ricardo Rodríguez: 72.45/100
Jhon Feider Rengifo: 68.34 /100
Jorge Eliécer Tobo: 63.32 /100