La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), terminó la fase pedagógica de la norma que prohíbe el ingreso de plásticos de un solo uso en parques del departamento, por lo que desde el pasado 8 de septiembre de 2021, a través de la resolución se le negará a todo visitante el ingresar con plásticos a los parques ecoturísticos.
Los visitantes, colaboradores y proveedores de los parques Embalse del Neusa, Embalse El Hato, Río Neusa, Puente Sopó, laguna del Cacique Guatavita y Juan Pablo II (este último ubicado en el municipio de Chiquinquirá) no podrán ingresar o hacer uso de productos plásticos como: mezcladores y pitillos, bolsas y botellas plásticas, vasos, platos y cubiertos desechables y cualquier elemento elaborado en icopor, con excepción de plásticos con propósitos médicos por razones de asepsia e higiene.
A través de un comunicado, la corporación indicó que la medida, anunciada en junio de este año, estaba en fase de pedagogía ciudadana y busca mitigar el impacto que este tipo de residuos ocasiona en los ecosistemas y su fauna y flora.
La medida
La normativa señala que a partir de la fecha, los visitantes y trabajadores de los parques y ecoparques comprendidos dentro de la jurisdicción de la CAR, “no podrán ingresar o hacer uso de productos como mezcladores y pitillos, bolsas y botellas plásticas, vasos, platos y cubiertos desechables y cualquier elemento elaborado en icopor”.
La medida presenta como excepción aquellos elementos de uso médico, para los cuales el permiso no rige en tanto su empleo es necesario por razones de asepsia e higiene.
Andrea Real, directora operativa de parques. señaló que “Cada año más de 1.600 kilogramos de plásticos se producen en los parques de la Corporación, razón por la cual la CAR tomó por esta medida”.
Asimismo, la funcionaria explicó cómo se aplicará la medida, en qué momento se sancionarán a las personas que la incumplan y cuáles serán las amonestaciones.
“Al usuario infractor se le hará un llamado de atención a manera de invitación a no utilizar plásticos. Si en una nueva visita a cualquiera de los parques, se comprueba que ha sido reiterado este llamado y que el turista continúa pasando por alto la medida podrá verse sometido a la imposición de las sanciones establecidas en la Ley 1333 de 2009 o en las normas que la deroguen, modifiquen o sustituyan” puntualizó.
Sanciones al incumplimiento de la restricción
El incumplimiento de la ley generará el decomiso de material y la imposición de medidas preventivas, cautelares o sancionatorias que pueden terminar en imputación con acciones penales, compensatorias y económicas, así como el cierre del establecimiento para el caso de los restaurantes que operan en algunos de los parques.