Corte Constitucional reconoce a los animales como seres sintientes con derechos especiales en Colombia

La Sala Plena eliminó expresiones que reducían a los animales a simples medios para el hombre y declaró inexequible la obligación de invocar a Dios en el juramento de veterinarios y zootecnistas.

La Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo histórico que refuerza la protección jurídica de los animales al reconocerlos como seres sintientes con derechos especiales. En su decisión, el alto tribunal declaró inexequibles apartes de la Ley 576 de 2000 —que regula el Código de Ética para la medicina veterinaria y la zootecnia— por considerar que reducían a los animales a meros instrumentos al servicio de los seres humanos.

El pronunciamiento se centró en el artículo 12 de dicha norma, que afirmaba que “los animales y las plantas son medios que sirven al hombre para el mejor desarrollo y perfeccionamiento de su vida”. Para la Corte, esta redacción desconocía la protección constitucional de los animales, por lo que decidió suprimir las expresiones “son medios que” y “en la medida de su utilidad respecto de éste”.

Aunque en el Código Civil los animales siguen catalogados como “bienes” para efectos de propiedad privada, la Corte precisó que esa clasificación es una ficción jurídica y que, en realidad, son seres sintientes sujetos a un régimen amplio de protección, lo que implica la prohibición constitucional del maltrato injustificado.

En un segundo punto, el tribunal también modificó el artículo 9 de la Ley 576, que exigía a veterinarios y zootecnistas iniciar su juramento profesional con la frase “Juro, en el nombre de Dios…”. La Corte declaró inexequible esta obligación al considerar que vulnera la libertad de conciencia y de cultos, interfiere con la neutralidad religiosa del Estado y discrimina a profesionales no creyentes o pertenecientes a religiones que no utilizan esa fórmula.

El fallo fue elaborado bajo la ponencia de la magistrada Lina Escobar. No obstante, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez salvó parcialmente su voto, al considerar que eliminar la invocación a Dios “desconoce el diseño constitucional y desconecta la noción de laicidad de su fundamento pluralista”.

Con esta decisión, la Corte Constitucional marca un precedente clave en Colombia, al fortalecer el reconocimiento jurídico de los derechos de los animales y establecer un marco ético más respetuoso para el ejercicio profesional de veterinarios y zootecnistas.