ANLA ordena suspender obras en Hidroituango

La media precisa, sin embargo, que el operador debe continuar ejecutando todas las medidas, obras y trabajos para prevenir y mitigar los riesgos asociados a la contingencia que se presentó desde el pasado 28 de abril.

La medida se mantendrá hasta que Hidroituango contrate peritos expertos que emitirán un dictamen sobre el proyecto.

 HIDROITUANGO 2

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) dio a conocer una resolución en la cual se ordena la suspensión inmediata de todas las actividades relacionadas con la etapa de construcción regular del proyecto Hidroituango, ubicado en jurisdicción de 11 municipios de Antioquia y que presenta una contingencia desde el pasado 28 de abril.

A través de la resolución 00820 de junio de 2018, se precisa, que la suspensión no involucra la ejecución del plan de seguimiento y monitoreo, ni las actividades, obras, trabajos y en general todas las medidas ambientales establecidas a partir de la contingencia.

La medida, que es de carácter temporal y preventiva, se mantendrá hasta tanto la Sociedad Hidroituango S.A. E.S.P, cumpla con una serie de requisitos tales como la contratación de peritos expertos, nacionales o extranjeros, para que emitan un dictamen claro, preciso, detallado y objetivo sobre las condiciones actuales de estabilidad -bajo el escenario de contingencia-, y futura -bajo el escenario de operación-, de la infraestructura asociada a las obras principales del proyecto.

Este dictamen debe suministrar información suficiente a la ANLA que le permita tener certeza científica sobre la existencia o no de condiciones de riesgo que puedan derivar sobre el ambiente, las comunidades  y posibles efectos relacionados con la integridad de la infraestructura existente en el proyecto.

El dictamen, señala el acto administrativo, deberá ser emitido por expertos que no tengan ningún tipo de vínculo o subordinación con el titular del instrumento de manejo y control, ni haya participado en etapas previas de estudios y diseños o construcción, intervención o supervisión de las obras asociadas al proyecto.

hidroituango

La difusión de la presente resolución se hace una vez superada la fase más crítica de la contingencia dado que la prioridad es la atención de la población y protección del medio ambiente.

Igualmente, la ANLA comisionó a la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia (Corantioquia) para que verifique el cumplimiento de la medida preventiva impuesta que, como lo establece el artículo 32 de la Ley 133 de 2009, no contempla recurso alguno.

Precisa el acto administrativo que esta medida preventiva únicamente será levantada cuando se verifique técnicamente la superación de los hechos o causas que dieron origen a su imposición, atendiendo al cumplimiento de cada una de las condiciones impuestas.

Como se recordará la licencia ambiental para la Hidroeléctrica Pescadero-Ituango S.A. E.S.P fue otorgada por el entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT) el 30 de enero de 2009 a través de la resolución 1155.

El proyecto tiene influencia en la jurisdicción de los municipios de Buriticá, Peque, Liborina, Sabanalarga, Toledo, Briceño, San Andrés de Cuerquia, Yarumal, Olaya, Ituango y Valdivia

Actuaciones por la contingencia

Rio Cauca, Puerto Valdivia

Desde que se presentó la contingencia, la ANLA ha impuesto medidas de manejo y control ambiental a la sociedad operadora, entre las que se encuentran: presentación de estudios de alta consecuencia, análisis de modos de fallas potenciales que generarían la ruptura la de presa, análisis de incertidumbre de los resultados obtenidos en la modelación de cada escenario, levantamientos topo-batimétricos históricos, información de las estaciones hidrológicas, variación en los niveles de agua sobre la presa, reporte de los efectos por sedimentación, monitoreo del sector de la subsidencia y monitoreo diario en el  cauce del río Cauca.

Otras actuaciones de la ANLA durante la contingencia se refieren a la obligación del operador de detener la disposición de madera resultante del aprovechamiento forestal; reportes permanentes, donde se incluya el total de las familias evacuadas, seguimiento de las condiciones de alojamiento, salubridad y atención de necesidades básicas; mantener el acompañamiento durante el tiempo que sea necesario a las familias afectadas; garantizar la conectividad entre la comunidad afectada por el colapso de los 3 puentes peatonales y el puente vehicular en el corregimiento de Valdivia; garantizar el restablecimiento de las jornadas académicas de los niños y niñas; y presentar un diagnóstico de las condiciones presentes de las actividades económicas de la comunidad afectada.

Resoluciones ANLA sobre Hidroituango

Resolución 642 del 4 de mayo de 2018. Se priorizó la atención a la población.

Resolución 720 del 16 de mayo de 2018. Orientadas a la presentación de estudios, análisis y modelaciones.

Resolución 796 del 29 de mayo de 2018 que considera cuatro frentes:

– Presentación de documentos técnicos sobre los impactos por inestabilidad y erosión y diferentes mecanismos de evaluación sobre el estado del río Cauca.

– Medidas relacionadas con el pronunciamiento efectuado por la Asesoría Técnica de la ONU Medio Ambiente/ECHO/COSUDE y la visita efectuada por parte del equipo técnico de la ANLA.

– Medidas adicionales de cumplimiento inmediato en caso de presentarse el evento de Inundación aguas abajo con o sin evento catastrófico, a fin de mitigar y/o controlar posibles impactos ambientales.

– Medidas adicionales de cumplimiento inmediato en caso de presentarse el evento de un caudal reducido, a fin de mitigar y/o controlar posibles impactos ambientales.

Resolución 845, medidas adicionales 7 de junio de 2018. Ajustar el protocolo de alertas y evacuación en obra, estimando aspectos como el nivel del embalse, escenarios, Presentar el análisis de riesgo previo a la alternativa seleccionada para garantizar el desembalse de las aguas represadas, Aumentar el control de infiltraciones y monitoreo en la presa

Resolución 910, medidas adicionales 18 de junio de 2018. Presentar las medidas de manejo ambiental necesarias para iniciar el proceso de estabilización de los taludes presentes en los sectores “a1-suelo”, “b1” , “b2” y “b3”, con el fin de controlar la tasa de deformación evidenciada en la primera semana de junio de 2018, incluyendo las medidas de seguimiento y control. Se modifica la frecuencia de presentación de informes y se aclaran otras medidas de manejo.

Resolución 948 medidas adicionales 28 de junio de 2018, Modifica la frecuencia de presentación de la información y de implementación con base en la reducción de los riesgos.

Julio 1 de 2018

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