España se ha convertido en uno de los destinos más deseados por los colombianos que desean viajar a Europa. Por eso, a continuación podrá ver cuáles son los requisitos que el país exige para permitir su ingreso.
Entre los documentos que se necesitan para entrar a este país europeo, una ventaja que tienen los colombianos es que no requieren visa, siempre y cuando sea para visitas cortas de hasta 90 días en países miembros del espacio Schengen.
Sin embargo, sí es fundamental que tengan en cuenta los siguientes documentos al momento de viajar, según el Ministerio de Asuntos Exteriores de España:
Pasaporte válido y en vigor, con una validez mínima de tres meses después de la fecha prevista de salida del territorio Schengen, y expedido en los últimos 10 años.
Boleto de salida de los países de la Unión Europea dentro de un plazo máximo de 90 días desde su llegada a España.
En caso de hospedarse en una residencia privada de familiares o amigos, se requiere una carta o documento de invitación que demuestre la disponibilidad de alojamiento.
No obstante, si la idea es alojarse en un hotel, es necesario presentar comprobantes de reserva.
Demostrar disponibilidad de medios económicos suficientes para la estancia, con un mínimo de 113 euros por persona y día, o 1020 euros en total, independientemente de la duración de la estadía.
“Los medios económicos se pueden acreditar presentando dinero en efectivo, cheques de viaje, tarjetas de crédito acompañadas de extracto de la cuenta bancaria, libreta bancaria puesta al día o cualquier otro medio que acredite la cantidad disponible como crédito de la tarjeta o cuenta bancaria. No se admiten cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios por internet”, indica la entidad.
Para estadías que superen los 90 días, se requiere obtener un visado específico que permita realizar actividades no laborales, como estudios, investigación, formación, entre otros.
Importante: la entrada podría ser denegada a todos aquellos ciudadanos que no cumplan con los requisitos de entrada o estén sujetos a prohibiciones, incluyendo a quienes hayan agotado los 90 días de estancia autorizada en el espacio Schengen en los últimos 180 días.