La Corte Constitucional ordenó al congresista Miguel Polo Polo ofrecer disculpas públicas y devolver las botas que arrojó a la basura durante un homenaje a las víctimas de ejecuciones extrajudiciales en 2024. El alto tribunal concluyó que sus actos vulneraron la dignidad, la memoria y los derechos de las Madres de los Falsos Positivos (MAFAPO).
Las ejecuciones extrajudiciales registradas entre 2002 y 2008 en Colombia, conocidas como falsos positivos, representan uno de los capítulos más dolorosos del conflicto armado. De acuerdo con cifras de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), al menos 6.402 jóvenes fueron asesinados y presentados falsamente como bajas en combate, la mayoría tras ser engañados con falsas promesas de empleo por integrantes de la fuerza pública.
En ese contexto, causó gran indignación que, en noviembre de 2024, el congresista Miguel Polo Polo retirara unas botas del homenaje “Mujeres con las botas bien puestas”, instalado en el Capitolio Nacional por la Asociación de Madres de Familia de los Falsos Positivos (MAFAPO), y las arrojara a bolsas de basura. El acto, grabado y difundido en sus redes sociales, fue considerado un agravio directo a las víctimas.
Un año después del hecho, la Corte Constitucional emitió un fallo que obliga al representante a reparar el daño causado. Según la decisión, Polo Polo deberá devolver los elementos retirados, presentar disculpas públicas y reconocer públicamente el valor simbólico del homenaje, en el que se exalta la memoria de los jóvenes asesinados.
Diez días para reparar y disculparse
El alto tribunal otorgó diez días hábiles para que el congresista devuelva las botas a MAFAPO. En caso de no conservarlas, deberá informar al juzgado y participar en una mesa de concertación junto a las víctimas para acordar una forma alternativa de reparación simbólica.
Además, Polo Polo deberá publicar un video de disculpas en su cuenta de X (antes Twitter), la misma red donde difundió el video del agravio. Dichas disculpas deberán permanecer visibles durante al menos seis meses.
El fallo también dispone que el acto simbólico de reparación sea transmitido por las redes sociales del congresista y los canales oficiales del Congreso de la República, durante la reinstalación de la exposición “Mujeres con las botas bien puestas” en el Patio Rafael Núñez del Capitolio Nacional.
La Corte: “Se vulneraron derechos a la memoria, la paz y la dignidad humana”
En su sentencia, la Corte Constitucional subrayó que las acciones de Polo Polo atentaron contra “los derechos a la libertad de expresión, la paz, la dignidad humana, la verdad y la memoria histórica de las madres víctimas del conflicto armado”.
El tribunal determinó que el congresista deberá aclarar públicamente que no tiene pruebas sobre los supuestos pagos irregulares que, según él, se hicieron para la instalación del homenaje. La Corte consideró que tales afirmaciones carecen de sustento y contribuyen a deslegitimar los procesos de memoria histórica impulsados por las víctimas.
Asimismo, el alto tribunal calificó los hechos como un acto de censura y negación del dolor de las víctimas, enfatizando que la reparación simbólica debe garantizar condiciones de respeto y reconocimiento.
Polo Polo niega las cifras y reafirma su postura
En su momento, Miguel Polo Polo calificó las ejecuciones extrajudiciales como un “mito”, asegurando que no existe evidencia que respalde la cifra de 6.402 casos reportada por la JEP.
“Esta cifra no puede ser soportada ni por los tribunales de Justicia y Paz, ni por la Fiscalía, ni por la JEP, que ni siquiera han podido corroborar los 900 nombres que podrían sustentar esta acusación”, afirmó entonces el representante.
Lejos de retractarse, Polo Polo mantuvo su posición durante un acalorado debate en el Congreso con el representante David Racero, e incluso fue confrontado por una madre víctima, quien reaccionó con enojo ante sus declaraciones.
Contexto: el peso histórico de los “falsos positivos”
Las ejecuciones extrajudiciales, documentadas desde los años 80 y sistematizadas durante la primera década de los 2000, constituyen uno de los crímenes más graves y dolorosos del conflicto armado colombiano.
La JEP investiga actualmente estos hechos dentro del Caso 03, que busca determinar responsabilidades de altos mandos militares y establecer verdad, justicia y reparación para las familias afectadas.
Con este fallo, la Corte Constitucional envía un mensaje claro: la memoria de las víctimas es un derecho que debe protegerse y respetarse, especialmente por parte de quienes ostentan cargos públicos y representan al Estado.